Estaban jugando a las bochas y discutieron por un cambio de turno: uno le pegó con un fierro en la cabeza al otro

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El hombre de 50 años golpeó con un fierro en la cabeza al jugador de 84 años, que sufrió una lesión en el cráneo y fue trasladado al Samco de Laguna Paiva (Imagen ilustrativa Infobae)

Una pelea por el turno en una cancha de bochas en Laguna Paiva, Santa Fe, derivó en una cadena de agresiones. Dos hombres se vieron involucrados en el violento episodio: uno golpeó con un fierro al otro, después fue atacado por el hijo del agredido dentro de la comisaría local y escapó.

El conflicto se originó en un club ubicado sobre avenida San Martín, donde un hombre de 84 años y otro de 50 años disputaban un partido de bochas.

La discusión comenzó por un desacuerdo en torno al cambio de turno para el juego y fue escalando hasta que el menor de los dos tomó un fierro y golpeó a su rival en la cabeza. El hombre de 84 años sufrió una lesión en el cráneo y fue trasladado al Samco de Laguna Paiva, donde también relató lo ocurrido ante el personal de salud, de acuerdo con la información de UNO.

Tras el ataque, el agresor no escapó. Se dirigió por sus propios medios a la comisaría local para informar lo sucedido ante las autoridades. Mientras los efectivos realizaban las actuaciones de rigor y parecía que el episodio iba a terminar allí, se dio otro momento violento dentro de la propia dependencia policial.

El hijo de la víctima llegó a la comisaría acompañado por una mujer, indicó Aire de Santa Fe. Al encontrarse cara a cara con el hombre que había agredido a su padre, le propinó un golpe de puño en el rostro.

En ese momento, la guardia de la dependencia estaba integrada únicamente por personal policial femenino. Cuando las agentes intentaron controlar la situación, el hombre las empujó y aprovechó la confusión para retirarse del lugar antes de ser demorado.

La Policía inició las actuaciones correspondientes para esclarecer ambos episodios y determinar las responsabilidades de cada uno de los involucrados.

Prohibieron el ingreso a las canchas a una mujer tras agredir y amenazar a una persona

El Ministerio de Seguridad Nacional prohibió por 24 meses el ingreso de Claudia Noemí Romero a canchas y eventos deportivos de la Argentina tras una denuncia por agresión y amenazas

La restricción de concurrencia administrativa por 24 meses a Claudia Noemí Romero en todos los eventos deportivos del territorio argentino fue dispuesta por el Ministerio de Seguridad Nacional. La medida quedó registrada en el Boletín Oficial el pasado 8 de julio y tiene origen en hechos ocurridos el 31 de mayo en el club Asociación Nueva Alianza, donde Romero habría golpeado a otra persona y le habría proferido amenazas.

La Resolución 618/2026 establece que “Claudia Noemí Romero habría agredido físicamente a la denunciante, Laura Riggio, sujetándola del cuello y propinándole golpes de puño en el rostro, profiriéndole posteriormente amenazas de muerte”. El expediente, abierto a partir de una solicitud de la Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De), precisa que la sanción se basa en una denuncia penal por lesiones leves y amenazas.

La Dirección de Seguridad en Eventos Deportivos, bajo la órbita de la Subsecretaría de Despliegue Territorial, analizó los hechos en el marco del programa Tribuna Segura, un mecanismo federal de control y prevención activo desde 2016. Este sistema permite la identificación digital de quienes ingresan a los estadios y el bloqueo de acceso a personas sancionadas o con causas penales activas. La resolución señala que “resulta pertinente registrar en el Programa Tribuna Segura a la causante y disponer las medidas previstas” para vedar su presencia en recintos deportivos.

El Ministerio de Seguridad Nacional basó la decisión en los artículos 2° y 3° de la Resolución MS N° 354/17 y el Decreto N° 246/17, normativa que habilita la adopción de restricciones frente a conductas consideradas riesgosas para la seguridad pública en el ámbito del fútbol y otros deportes. El texto oficial precisa: “La presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y el artículo 7° del Decreto N° 246/17”. Asimismo, la resolución aclara que el servicio jurídico permanente del Ministerio intervino en el proceso y avaló la validez del acto administrativo.