Adorni confirmó que Milei firmó el proyecto de «Ficha Limpia»

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El vocero presidencial Manuel Adorni confirmó durante la noche de este viernes que el presidente Javier Milei firmó el Proyecto de Ley Ficha Limpia, el cual será tratado en el Congreso durante las sesiones extraordinarias ya anunciadas. Se suma a otros seis proyectos que forman parte del temario y requieren acuerdo en la Cámara de Diputados y también de Senadores. «Dios bendiga a la República, fin», escribió.

«Dijeron de todo pero nada fue cierto: el Presidente de la Nación ha firmado hace instantes el proyecto de ley denominado ‘Ficha limpia’. El verdadero ‘pacto’ es con todos los que quieren un país libre y próspero. Dios bendiga a la República Argentina. Fin», escribió el portavoz presidencial a través de su cuenta oficial de (ex Twitter).

El temario incluye la “Ley Antimafias”, la modificación del Código Procesal Penal a fin de regular el “Juicio en ausencia”, el régimen de reiterancia y unificación de condenas, la ley de Reforma para el Fortalecimiento Electoral, el proyecto de Ficha Limpia, la ley sobre Compensación e Índice de Actualización de Quebrantos y la consideración de pliegos que requieren acuerdo del Senado de la Nación.

Cabe recordar que, según lo dispuesto, el proyecto de Nación sobre «Ficha Limpia» busca la incorporación del inciso ‘h’ en el Art. 33 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos (Nº 23.298). Allí se dispone que las personas condenadas por «el delito de fraude en perjuicio de la Administración Pública, contemplado en el Art. 174, inciso 5º del Código Penal; los delitos previstos en los Capítulos VI –Cohecho y tráfico de influencias-, VII –Malversación de caudales públicos-, VIII –Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas-, IX –Extracciones ilegales-, IX bis –Enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados– y XIII –Encubrimiento-; (…) y todo otro delito doloso contra la Administración que conlleve enriquecimiento que sea dispuesto de conformidad con lo establecido en el Art. 36 de la Constitución Nacional».

«El supuesto previsto en el presente inciso se aplicará únicamente en los casos en que la condena impuesta hubiera sido confirmada en segunda instancia, dictada antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral, en la que se hubiera confirmado la comisión de al menos uno de los delitos establecidos en la sentencia de primera instancia, aunque modifique la pena impuesta», señalan en el documento. En caso de que la condena en segunda instancia se dicte «con posteridad al 1º de enero del año en que se llevarán a cabo las elecciones, el supuesto tendrá efecto a partir de la finalización de dicho proceso electoral».

Por su parte, remarcan en el proyecto que «la inelegibilidad regirá desde la fecha de la sentencia» o hasta la revocación o cumplimiento de la pena. Para ello, la Cámara Nacional Electoral (CNE) llevará un Registro Público de Ficha Limpia en donde constarán dichas sentencias y los delitos establecidos en la condena. Mientras que cualquier presentación de recursos ordinarios o extraordinarios contra la sentencia, «no suspenderán en ningún caso la vigencia, eficacia y aplicabilidad de las causales de inelegibilidad» previstas.

Fuente: El Destape

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