Abogada: Doctora, le hago una consulta. Cuando se presenta la medida, la solicitud, ¿ustedes analizan los hechos como para determinar el plazo, por ejemplo, de la perimetral…?
Jueza: No hace falta.
Así, rápida y contundente, es la respuesta que da la jueza María del Rosario Rocca, titular del Juzgado de Familia n° 6 de La Plata y subrogante en el n°3, a la consulta que le hace la abogada Erica Luna durante el “Taller práctico sobre violencia económica y violencia simbólica”, organizado por el Colegio de la Abogacía de la capital bonaerense, grabado en video y subido por la misma entidad a su página web.
Poco antes, Rocca había dicho: “Contra la falsa denuncia no se puede nada, ¿está?” El asombro fue tal que se escucha de fondo a una persona que la cámara no muestra y que exclama: “¡Ah… bueeeno!” Esta misma persona admite luego con resignación: “En el foro de familia, no se comprueba ningún hecho, simplemente se pone paños fríos”.
El tema aparece varias veces, a lo largo de las casi dos horas que dura el taller, ya que varios muchos participantes se muestran preocupados por ver cómo limitar el alcance de ciertas medidas, y cuando la Jueza de familia reitera “no es mi tarea (corroborar los hechos), no es el objeto del proceso de violencia, básicamente”, otra asistente admite que las denuncias son tomadas como válidas y que “ante la falsedad, que sabemos”, tendrían que pasar el tema al fuero penal, “porque yo en mi fuero jamás voy a comprobar que es mentira, porque la ley no está para eso, está para poner paños de agua fría por la verdad o por la mentira que sea”.
Efectivamente, el “no hace falta” [corroborar la veracidad de los dichos] pronunciado con tanta soltura por Rocca, confirma que en el fuero de familia, una mera denuncia -de violencia de cualquier tipo- basta para dictar una orden de restricción contra el progenitor señalado, una perimetral o prohibición de acercamiento, que corta de cuajo los vínculos parento filiales, con consecuencias costosas e irreversibles para la salud psicofísica de los afectados y en especial de los menores.
En los juzgados de familia se acumulan los litigios por la tenencia y régimen de visita de los niños de padres separados. El crecimiento es exponencial, porque la gente se divorcia con mucha más frecuencia y facilidad que antes, pero también por el sesgo de género implantado en los últimos años en la justicia; el ”yo te creo hermana” que ha contaminado estas causas asimilando toda denuncia a una condena.
“La Ley no es mala, pero no se cumple”, decía a Infobae hace un par de años el ex juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Ciudad de Buenos Aires, Mauricio Mizrahi. Ante una denuncia de violencia familiar, los jueces tienden a cubrirse dictando de inmediato una cautelar que excluye abruptamente al progenitor denunciado de la vida del niño. En cambio, rara vez cumplen con el siguiente paso que fija la norma y que debe darse a las 48 horas de dictada la cautelar: una audiencia para escuchar a la parte denunciada. Esto es crucial, decía Mizrahi, porque cualquier magistrado con algo de experiencia puede percibir la veracidad de una denuncia.
Hay un tipo de falsa denuncia que es el más frecuente y el que los jueces podrían más fácilmente desmontar: la denuncia exagerada. “¿Usted le gritó a su hijo/a?” “Quizás, sí, alguna vez me habré descontrolado”. Maltrato infantil. Abuelos o tíos intentan un acercamiento, como llevarle un regalo al colegio el día del cumpleaños; la otra parte denuncia acoso. Violencia psicológica. “¿Usted le bajó los pantalones a su hijo?” “Sí, ¡para que haga pis!” Abuso infantil. Aspectos de la vida cotidiana son mirados bajo una lente intencionadamente deformante.
Así de kafkianos son estos procesos que a partir de una denuncia no verificada pueden derivar en que un padre -aunque esto afecta también a algunas madres, casi siempre los acusados son los varones- pase un año o más sin ver a sus hijos.
Los plazos de las cautelares se eternizan porque la desidia y la ideología se combinan con la falta de recursos ante una litigiosidad creciente. Esto facilita el accionar de ex parejas movidas por el rencor, que encuentran además soporte en abogados y psicólogos inescrupulosos y en jueces que en algunos casos están desbordados y en otros hacen gala de desidia. Como admite Rocca en el taller, optan por la vía más fácil, que es cortar los vínculos.
“Una denuncia puede ser muy falsa como muy verdadera -decía Mauricio Mizrahi, quien hace poco presidió un Congreso Internacional sobre alienación parental-. Abuso, maltrato, lesiones, puede ser mentira o verdad. Es tarea del tribunal investigar. La ley autoriza al juez a dictar la medida inmediata, pero también le ordena citar al denunciado dentro de las 48 horas con lo cual éste puede ir y decir ‘la verdad es ésta, yo no hice tal cosa, o tal otra’ y el juez inmediatamente levanta la medida. Hay un olfato, uno está acostumbrado a esto y cuando no le ve mucha verosimilitud a la denuncia lo que hace es reemplazar la prohibición por un sistema de comunicación asistida o supervisada. Se nombran trabajadoras sociales para que, hasta que quede dilucidado el tema, la persona por lo menos vea a los hijos unas horas dos veces por semana por ejemplo”.
Pero en la práctica, aun percibiendo la mendacidad (“la falsedad que sabemos”), se cortan los vínculos.
Uno de los padres que se comunicaron con Infobae para denunciar este tipo de situaciones, preguntaba: “¿Cómo pueden dormir tranquilos?”
Es sin duda el interrogante que surge. Se sacan resoluciones a las apuradas; una firma basta para dividir a una familia y el resultado, en palabras de Mizrahi, son “niños huérfanos de padres vivos”, pero esto no parece desvelar a los jueces.
Muchos actúan amedrentados por la exacerbación de género vivida en los últimos años. Prefieren arruinar a una familia antes que tener el juzgado sitiado por fanáticas. Como surge del intercambio en el taller, la indiferencia por las consecuencias de las medidas que se toman en el contexto de separaciones litigiosas parece regir la actuación de muchos jueces de este fuero.
Una pregunta dirigida a la jueza Rocca fue: “¿Qué pasa cuando iniciamos la denuncia por violencia, decretan una medida cautelar, y automáticamente el papá no ve más a la criatura, aunque la cautelar no es para la criatura, sino para la madre? ¿Cómo podemos hacer para que los jueces nos autoricen, nos permitan encontrar un medio para que ese vínculo no se rompa con el padre?”
Como vimos, la ley prevé mecanismos para eso. Sin embargo, en un gran porcentaje de los casos esto no se hace, con total impunidad para el progenitor excluyente.
Estos tiempos de la justicia no se corresponden con los de la vivencia de un niño para el que tres meses son una eternidad.
Los defensores del dogma de que a la denunciante hay que creerle afirman que las denuncias falsas son tan ínfimas que no constituyen un tema relevante. Esto es falaz. Si, como admite Rocca, las denuncias, incluso ante la fuerte presunción de su falsedad, no se verifican, la cifra es imposible de precisar. Además, el progenitor falazmente acusado, una vez que logra establecer su inocencia -si lo logra-, está psíquicamente tan agotado -y quizás también económicamente afectado- que ya no quiere oír hablar de ningún litigio más. Porque la justicia no investiga esto de oficio. Es el damnificado el que tiene que interponer a su vez una denuncia contra quien lo difamó. Obviamente, casi ninguno tiene la energía para hacerlo.
Tal vez la iniciativa de agravar las penas por denunciar falsamente -impulsada por la senadora Carolina Losada– disuada a los cónyuges en litigio de apelar a este mecanismo, hoy prácticamente gratuito y muy redituable.
El actual ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, afirmó que “se creó una concepción hipócrita de que la mujer no miente”, y apuntó contra los “daños irreversibles” de las falsas denuncias, que “destruyen a una persona”.
La jueza Rocca admite que la veracidad o no de una denuncia no es relevante: “El punto es que hay que trabajar con seriedad este tema, porque detrás de una denuncia falsa, hay diez que son verdad”. Una de cada diez, no es poco, y de todos modos es un porcentaje arbitrario puesto que, como vimos, no se investiga: “Si a mí me traés diez medidas (cautelares de exclusión) y una es falsa, igual la voy a terminar sacando, pero se desdibuja la verdadera protección”, reconoce.
El automatismo con el que se toman las medidas queda confirmado.
El modus operandi de la falsa denuncia se ha multiplicado –Infobae ha dado cuenta de muchísimos casos de este tipo– al amparo de la impunidad de quienes realizan estas maniobras en las que suelen confluir, de un lado, las maniobras del progenitor excluyente con el interés de abogados, psicólogos, asistentes sociales y ong que participan de estos procesos eternos y, del otro lado, la negligencia y morosidad de los tribunales y de las defensorías de menores.
Muchas veces, aun demostrada la falsedad de la denuncia y establecida la inocencia del progenitor falsamente acusado, el tiempo transcurrido representó en sí mismo una condena: a la larga separación se une la imposibilidad de recuperar el vínculo con sus hijos ya dañado por el tiempo transcurrido y la inoculación del discurso del progenitor obstructor.
“Para mis hijos estoy muerto en vida, cuando yo era un padre presente”, dijo a Infobae otro de los padres consultados.
Aumentar las penas por falsas denuncias puede ser un disuasivo para quien tiene la intención de calumniar a su ex pareja con tal de desterrarla de la vida de sus hijos, pero hay otras cosas que la justicia puede hacer desde ahora: que los jueces cumplan con el procedimiento y los plazos que fija la ley para estos casos. Y reforzar a los juzgados con más presupuesto y personal. A las autoridades judiciales compete resolver este problema.
[N. de la R.: Este artículo fue publicado originalmente el 21 de diciembre de 2024. Por requerimiento del Juzgado de Familia n°1 de Quilmes, la nota debió ser modificada y republicada para eliminar los párrafos que hacían referencia a un caso que se tramita en ese tribunal, pese a que se hacía reserva de las identidades de todos los involucrados. La celeridad que falta para resolver los conflictos por tenencia de los menores abunda para imponer bozales legales]