Juicio por Maradona: el neurocirujano Leopoldo Luque pidió ser juzgado por un jurado popular

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Leopoldo Luque, neurocirujano y médico de cabecera del Diez

La nulidad del juicio por la muerte de Maradona decretada el pasado 29 de mayo dio lugar y tiempo para que los defensores de los imputados en la causa analicen diferentes estrategias posibles de las que puedan sacar provecho para sus clientes y beneficiar de alguna u otra manera su situación judicial.

El primero utilizar a su favor la consecuencia del escándalo provocado por el documental que protagonizaba la jueza Julieta Makintach sobre el caso fue el neurocirujano Leopoldo Luque, quien hasta el momento en el que se anuló el debate oral se perfilaba como el más complicado de los acusados por su responsabilidad en el fallecimiento del Diez.

Su primer paso en este sentido fue sumar un nuevo defensor a su equipo de abogados: Francisco Oneto, conocido por representar en algunas oportunidades al presidente Javier Milei. Sin embargo, la segunda decisión -y la más significativa- la tomó en las últimas horas, cuando presentó un pedido para ser juzgado por un jurado popular en vez de por jueces técnicos, como se hacía hasta ahora.

El pedido fue presentado ante el Tribunal en lo Criminal N.º 7 de San Isidro, el nuevo órgano sorteado para llevar adelante el juicio, y fue firmado por los abogados Mara Digiuni, Julio Adrián Rivas y Norberto Francisco Oneto, a cargo de la defensa de Luque.

El planteo de los letrados, al que accedió Infobae, se fundamenta en la normativa constitucional y procesal penal vigente en la provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de realizar un juicio por jurados para delitos cuya pena máxima en abstracto supere los 15 años de prisión.

Luque junto a su abogado Julio Rivas en el juicio por la muerte de Maradona anulado

Según el escrito, la acusación que pesa sobre los imputados (homicidio simple cometido mediante dolo eventual) excede ese umbral, por lo que corresponde que el caso sea juzgado por un jurado popular y no por jueces profesionales.

En el documento, los abogados sostienen que “la pena en expectativa del delito que se le enrostra a nuestro prohijado supera holgadamente en su límite máximo los 15 años que exige el Código Procesal Penal para que el debate se dirima ante un Tribunal de Jurados, con lo cual la regla establecida a partir de esa circunstancia es que sea el Jurado y no jueces profesionales quienes resuelvan en este caso”.

Además, citan el artículo 118 de la Constitución Nacional, que dispone: “Todos los juicios criminales ordinarios, que no se deriven del derecho de acusación concedido a la Cámara de Diputados, se terminarán por jurado”.

La defensa también cuestiona la validez de las renuncias al juicio por jurados que habrían presentado algunos imputados a través de sus abogados, argumentando que no fueron ratificadas personalmente ante el juez, como exige el artículo 22 bis del Código Procesal Penal bonaerense. “No se advierte que al menos mi prohijado haya ratificado esa renuncia delante del Juez con lo cual el Juicio debe celebrarse por jurados, y para todos los imputados”, señala el escrito.

Luque en los tribunales de San Isidro

El planteo incluye un pedido de declaración de inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 22 bis del Código Procesal Penal, que establece que si uno de los imputados renuncia al juicio por jurados, todos deben ser juzgados por jueces profesionales.

Los abogados argumentan que esta disposición vulnera el derecho constitucional de cada imputado a ser juzgado por un jurado popular. En palabras del escrito: “La fórmula debió ser exactamente al revés: basta con que uno de los coimputados no renuncie al jurado de la Constitución, para que el juicio se termine por jurados populares”.

Finalmente, en su presentación, la defensa de Luque advirtió que, de no hacerse lugar al pedido, recurrirá a instancias superiores, incluyendo la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por considerar que “están en juego derechos y garantías constitucionales como el debido proceso, el juez natural y la defensa en juicio”.