La Dirección General de Rentas (DGR) recuerda a los contribuyentes que el 31 de julio vence el plazo para el acogimiento al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales.
Felipe Carrizo, representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR expresó que a través de este régimen se pueden regularizar deudas vencidas y exigibles al 30 de abril del 2025 de los impuestos provinciales, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
También pueden regularizarse las deudas de estos tributos que se encuentren en planes de facilidades de pago caducos originadas en ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de la DGR o que se encuentren en trámite administrativo o judicial de cobro.
El funcionario informó que para adherir al régimen es condición que al momento de efectuar la solicitud deben encontrarse cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que vencieron a partir del 1º de mayo y hasta las que vencen en el mes de julio.
Para el caso de los impuestos los Automotores y Rodados, Inmobiliario, deberán encontrarse abonadas las cuotas 5, 6 y 7 del año 2025 al momento de efectuar la solicitud del plan de pagos.
La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web del organismo: www.rentastucuman.gob.ar.
Los beneficios que otorga el régimen de facilidades son:
Bonificación del 100% de los intereses que se devengaron hasta el 31 de diciembre de 2020.
Por los intereses devengados a partir del 1º de enero de 2021, se establecen las siguientes bonificaciones:
– Del 50% por pago de contado.
– Del 40% por planes que se cancelen hasta el mes de febrero de 2026.
-Del 30% por planes que se cancelen después del mes de febrero de 2026.
Carrizo también recordó que es importante destacar que el contribuyente podrá efectuar el pago de las cuotas del plan de pago como de las posiciones normales de todos los tributos utilizando los botones de pago disponibles en la página web de la Dirección General de Rentas. Estos botones permiten pagar con tarjeta de débito de cualquier entidad bancaria.