Crimen de Lucio Dupuy: le negaron la posibilidad a una de las asesinas de pedir libertad condicional

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Abigail Paéz, una de las condenada por el crimen de Lucio Dupuy

Abigail Páez, una de las dos condenadas por el crimen de Lucio Dupuy, el niño que fue asesinado en La Pampa en noviembre de 2021, sufrió un nuevo revés judicial: la Justicia le negó la posibilidad de pedir la libertad condicional cuando cumpla el mínimo de la condena que pesa en su contra, que es de 35 años.

La decisión fue tomada por la Sala B del Tribunal de Impugnación Penal, que confirmó un fallo anterior del juez de Ejecución Penal, Edgardo Javier Trombicki.

Según explicaron fuentes judiciales a Infobae, la abogada de la condenada, María Silvina Blanco Gómez, apuntaba a dos cuestiones previas: que se fijara en el cómputo de pena el momento en que se cumplirían 35 años de prisión efectiva y que se declarara inconstitucional el artículo 14 del Código Penal, que excluye del beneficio a condenados por ciertos delitos, entre los que se encuentra justamente los cometidos por Páez.

La defensa de Páez presentó el pedido en junio ante el juez de Ejecución. Solicitó que se estableciera el plazo temporal previsto en el artículo 13 del Código Penal para las condenas a prisión perpetua y que se removiera el impedimento legal contemplado en el artículo 14.

El Tribunal de Impugnación confirmó el rechazo del magistrado y sostuvo que el caso de Abigail Páez se encuentra alcanzado por dos supuestos de exclusión de la libertad condicional: el homicidio agravado y los delitos sexuales por los que recibió condena a perpetua.

La resolución señaló que la pena de prisión perpetua absorbió las sanciones de los otros delitos, pero aclaró que esa circunstancia no elimina las consecuencias legales que surgen de cada una de las figuras penales del caso.

De acuerdo con la fuentes judiciales consultadas por este medio, el artículo 14 del Código Penal impide conceder la libertad condicional a personas condenadas por determinados delitos. La defensa buscaba que esa norma fuera declarada inconstitucional para que Páez pudiera, en el futuro, presentar una solicitud cuando cumpliera el requisito temporal de 35 años de prisión efectiva.

Sin esa declaración, el vencimiento de ese plazo no le permitiría acceder al beneficio. La defensa también pretendía que se incorporara esa fecha al cómputo de la condena.

Lucio fue asesinado en 2021 (Gastón Taylor)

El pedido y la resolución de la defensa generó cierta confusión, ya que trascendió en un primero momento que le habían negado la libertad condicional. Sin embargo -explicaron las fuentes judiciales- ese beneficio no fue analizado ni podía tratarse en esta etapa.

Páez no reúne todavía el requisito temporal para solicitar la libertad condicional. En las condenas a prisión perpetua, el artículo 13 del Código Penal exige cumplir 35 años de pena efectiva antes de formular ese pedido.

“El Tribunal de Impugnación recordó que la declaración de inconstitucionalidad constituye una medida de suma gravedad institucional y debe utilizarse como última alternativa, ante una incompatibilidad manifiesta e insuperable con la Constitución Nacional. Concluyó que la defensa no aportó fundamentos suficientes para justificarla”, indica el fallo.

La discusión se centró, en cambio, en si correspondía anticipar la fijación de esa fecha y resolver ahora la constitucionalidad del artículo 14. Según la postura expuesta por el Ministerio Público Fiscal, definir ese último punto resulta prematuro cuando faltan décadas para que la la asesina de Lucio pueda cumplir el requisito temporal.

En ese sentido, señalaron que la defensa tiene disponible la vía del recurso de Casación. Finalmente las fuentes señalaron el pedido de Páez no es el único que se tramita en la Justicia y cuyo objetivo es obtener este beneficio a presos con penas a prisión perpetua. “La fiscalía se opone a la inconstitucionalidad”, aclararon las fuentes respecto a esos casos.