
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires tratará en el recinto un proyecto de ley que busca regular el uso, la venta y la promoción de vapeadores y productos emergentes de tabaco y nicotina, con el objetivo de limitar su acceso a menores de 18 años. La iniciativa apunta a establecer restricciones similares a las que ya rigen para el tabaco tradicional, en respuesta al aumento del consumo de estos dispositivos, especialmente entre adolescentes.
El debate legislativo, impulsado por la diputada Manuela Thourte (UCR), se produce tras la reciente modificación de la normativa nacional que cambió el marco prohibicionista por un sistema de registro y control. El proyecto porteño prohíbe la venta, entrega o suministro de vapeadores, cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado y bolsas de nicotina a menores de 18 años, así como su uso en espacios cerrados de acceso público, como medios de transporte, hospitales, escuelas y centros culturales.
“En los últimos años, los productos emergentes de tabaco y/o nicotina han experimentado una expansión significativa en la Argentina y en el mundo, con una marcada penetración en la población adolescente y joven. Este fenómeno se produce en un contexto en el cual estos dispositivos son percibidos como menos riesgosos que el cigarrillo convencional, pese a contener nicotina -sustancia altamente adictiva- y otras sustancias potencialmente nocivas para la salud”, establece la normativa entre sus fundamentos.
La propuesta también incorpora aportes de la legisladora y médica Claudia Negri (Fuerza por Buenos Aires), que refuerzan la vigilancia epidemiológica y la respuesta sanitaria ante los efectos del vapeo. En este sentido, el escrito detalla que declara a estos productos como sustancias perjudiciales para la salud, fundamentándose en datos del último estudio de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (Sedronar).
En los fundamentos señala: “Los adolescentes de 13 a 17 años que asisten a establecimientos educativos de gestión estatal y privada de todo el país el 35,5% manifestó haber consumido cigarrillos electrónicos alguna vez en su vida. En cuanto a la prevalencia de consumo reciente, el 16,7% declaró haberlos utilizado en los últimos 30 días una prevalencia de consumo de vapeadores del 35,5% entre estudiantes secundarios en el último año”.
El texto también prohíbe la publicidad, promociones, ofertas gratuitas y patrocinio de estos productos fuera de los comercios habilitados, donde la exhibición deberá incluir advertencias sanitarias visibles. Entre las medidas preventivas, el proyecto establece campañas de concientización en escuelas sobre los efectos de la nicotina en el cerebro adolescente, así como la obligación de informar a personas gestantes sobre los riesgos asociados durante el embarazo.
El proyecto incluye un régimen de sanciones para quienes incumplan las disposiciones, con multas que oscilan entre 500 y 5.000 unidades fijas (equivalentes actualmente a entre $474.995 y $4.749.950), decomiso de mercadería y clausura o inhabilitación de los comercios infractores. También se prevé la actualización de los programas de cesación tabáquica en hospitales y centros de salud, con protocolos específicos para usuarios de vapeadores, y la creación de un sistema de registro local de casos de Evali, una lesión pulmonar asociada al vapeo.
Entre los argumentos, el proyecto de ley subraya: “Los productos emergentes de tabaco y/o nicotina han sido promovidos de manera engañosa como alternativas menos nocivas o como herramientas eficaces para la cesación tabáquica. Sin embargo, la evidencia científica disponible demuestra que estos dispositivos no se encuentran exentos de riesgos para la salud y que su consumo resulta especialmente perjudicial en etapas tempranas de la vida”.

Y establece que, la exposición a la nicotina antes de los 25 años, produce “alteraciones estructurales y funcionales en el sistema nervioso central, afectando procesos clave como la atención, el aprendizaje, la memoria y el control de los impulsos, con potenciales consecuencias irreversibles”, según advirtió la Organización Mundial de la Salud. Y sentencia: “La particular vulnerabilidad del cerebro en desarrollo agrava los efectos adictivos de esta sustancia y multiplica el riesgo de dependencia a largo plazo”.
Finalmente, la normativa exige la gestión diferenciada de residuos electrónicos y plásticos derivados de estos dispositivos, estableciendo protocolos y sistemas de recolección a través de los Puntos Verdes de la Ciudad.
La normativa porteña adopta los criterios fijados por la reciente Resolución 549/2026 del Ministerio de Salud, que integró estos productos al marco de la Ley Nacional de Tabaco y estableció restricciones sobre sabores, diseños y requisitos de comercialización.










